El presidente de Turkmenistán, Serdar Berdimujamédov, firmó la «Ley de Activos Virtuales», que autoriza la minería de criptomonedas y la actividad de criptointercambios en el territorio del país. El documento entrará en vigor el 1 de enero de 2026, según informó el periódico «Neutral Turkmenistán».
La ley regula la creación, emisión, almacenamiento, uso y circulación de activos virtuales. Las criptomonedas en Turkmenistán pueden ser objeto de derecho civil, pero no se reconocen como medio de pago, moneda o valor bursátil. Los activos virtuales pueden estar respaldados o no respaldados.
La minería podrá ser realizada por empresarios individuales y personas jurídicas, quienes están obligados a realizar el registro estatal en el Banco Central de Turkmenistán de forma electrónica. Queda prohibida la práctica de la minería oculta: el uso de capacidades computacionales ajenas sin el conocimiento del propietario.
La actividad de los criptointercambios y casas de cambio —proveedores de servicios de activos virtuales— será licenciada por el Banco Central de Turkmenistán. La apertura de una billetera de criptomonedas en dichas plataformas solo será posible tras la identificación completa del usuario de acuerdo con la ley de prevención del lavado de dinero.
Los servicios de los criptointercambios incluyen el intercambio, compra-venta, almacenamiento, transferencia, gestión de activos virtuales, así como la colocación inicial. Los fundadores de los criptointercambios pueden ser tanto residentes de Turkmenistán como ciudadanos extranjeros, con una serie de excepciones. En particular, no podrán ser fundadores o accionistas de los proveedores de servicios de activos virtuales las personas físicas y jurídicas registradas en zonas offshore o que tengan cuentas en bancos ubicados en paraísos fiscales.
El Estado no asume responsabilidad por las obligaciones de las criptoplataformas ni por la posible pérdida de valor de los activos virtuales.
La ley también introduce requisitos para la publicidad de criptomonedas. En los materiales publicitarios se deben incluir advertencias sobre los riesgos de pérdida de fondos, aclaraciones de que estos activos no están respaldados por el Estado y no son un medio de pago oficial. Quedan prohibidas las promesas de rentabilidad, referencias a artículos de lujo, bonificaciones y descuentos, el uso de imágenes de menores de edad y la presentación de las criptomonedas como una forma fácil de enriquecimiento.
Además, el documento prohíbe a las personas vinculadas con la actividad relacionada con criptomonedas utilizar en sus nombres y simbología las palabras «estatal», «Turkmenistán», «turcomano», «turcomana», «turcomanos», «nacional» en cualquier forma y combinación. Las personas que no se dediquen a la actividad cripto no pueden utilizar las palabras «activo virtual», «criptomoneda» y «activo digital» en sus nombres y publicidad.